La Asamblea Legislativa del Estado Yaracuy
CONSIDERANDO
CONSIDERANDO
Que de 19 de marzo de 1855 el General Tadeo Monagas, en su condición de Presidente de la República, le estampó el ejecútese al decreto dictado por eI soberano Congreso de la República, de fecha 15 de marzo del mismo año, y en el cual se creó la provincia de Yaracuy.
CONSIDERANDO
Que el 19 de marzo de 1855 entró en vigencia el decreto sancionado por el soberano Congreso y que por tanto es esa fecha la que debe tomarse como punto de partida de la autonomía del territorio yaracuyano, y acontecimiento que situó a la región, por su historia, su situación geográfica y la riqueza de su suelo en el sitio que le corresponde entre las demás entidades de la unión venezolana.
CONSIDERANDO
Que la Constitución federal de 1864 elevó a la categoría de estados soberanos y autónomos a todas las provincias de Venezuela, entre ellas la de Yaracuy, ratificando así la autonomía de nuestra región yaracuyana consagrada el 19 de marzo de 1855
CONSIDERANDO
Que si bien es cierto en dos oportunidades, debido a cuestiones políticas originadas por las continuas luchas intestinas que sucedieron en nuestra patria se arrebató la autonomía a esta entidad la cual fue recuperada en forma definitiva el 5 de agosto de 1909 por mandato de la Constitución Nacional promulgada en esa fecha.
CONSIDERANDO
Que es un deber de los pueblos consagrar y enaltecer las fechas que sirven de estímulo a sus hijos, más cuando ellas han transformado su vida física, política y económica.
ACUERDA
Artículo 1º Con la denominación del Día de Yaracuy se declara festivo en todo el territorio del Estado el 19 de marzo de cada año, punto de partida de nuestra redención.
Artículo 2º El Ejecutivo del Estado dispondrá anualmente los actos que en conmemoración de la expresada fecha se han de celebrar en toda la jurisdicción del Estado.
Artículo 3º Pásese el presente acuerdo al ciudadano Gobernador del Estado a los efectos de su cumplimiento.
Artículo 4º Se deroga el acuerdo dictado por esta Asamblea Legislativa con fecha 9 de enero de 1945, por medio de la cual se ordenaba la celebración del Día del Yaracuy en una fecha que no correspondía a la verdad histórica. .
Dado, sellado y firmado en el Salón Legislativo del Palacio de Gobierno del Estado Yaracuy, en San Felipe e a los veinte seis días del mes de febrero de 1959. Año 149º de la Independencia y 101º de la Federación
8L.S9El presidente
Pedro Pérez Méndez
El Secretario
Efraín Guevara, hijo
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